La
explotación sexual comercial infantil es la explotación por un
adulto de un niño, niña o adolescente, menor de 18 años,
acompañada del pago en efectivo o en especie al niño, niña o
adolescente, o a un tercero o terceros.
La
OIT considera que la explotación sexual comercial infantil (ESCI) es
una grave violación de los derechos humanos de niños, niñas y
adolescentes, y una forma de explotación económica análoga a la
esclavitud y al trabajo forzoso, que constituye además un delito por
parte de los que utilizan a niñas, niños y adolescentes para el
comercio sexual.
PERFIL PSICOLÓGICO DEL PEDÓFILO
Según
el manual
de la Asociación Psiquiátrica de los Estados Unidos (1995) el concepto
"pedofilia" hace referencia a las personas mayores de 16
años que "durante un lapso de seis meses, por lo menos, han
tenido fantasías sexualmente excitantes repetidas e intensas, o
urgencias sexuales, o que han puesto en práctica conductas que
involucraron actividades sexuales con uno o más niños".
1.
Pedófilo Preferencial Seductor:
Pretende la acción sobre el niño a través de la seducción, el
convencimiento y la manipulación del menor. Precisa de un cierto
grado de complicidad (o silencio) por parte de su víctima. Suelen
escoger a niños/as de su entorno inmediato: hijos, nietos, sobrinos,
alumnos.
2.
Pedófilo
Preferencial Directo:
Está integrado en la sociedad, pero se distingue del grupo anterior porque no necesita repetir el abuso sobre el mismo niño/a.
3.
Pedófilos
Preferenciales Violentos:
Buscan a sus víctimas tanto entre niños de su entorno como fuera de
él. Su objetivo
no es la "conquista "
del menor ni nada parecido, sino la agresión sexual y la violación.
Éstos pueden matar a sus víctimas.
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